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5.11.10

CARTA AL GOBERNADOR DE SAN LUIS POR POBREZA ESTRUCTURAL

San Luis, Argentina, 5 de  Noviembre de 2010.


Sr. Gobernador
Provincia de San Luis.
Dr. Alberto Rodríguez Sáa.
S____________________D.



Por  la presente  me dirijo a usted, en mi calidad de Representante Legal de una ONG que trabaja para  la comunidad de San Luis, me motiva  darle a conocer y solicitarle su intervención directa  en cuanto a la situación de 160 familias que viven en el Asentamiento Eva Perón., lo hago  por  que  estimo que los  funcionarios de  las carteras respectivas han hecho muy poco al respecto, demostrando un estado de insensibilidad repudiable , dejando a muchas madres solas y niños  en un estado de vulnerabilidad de riesgo social no conocido en esta provincia.

El estado de pobreza estructural y de las condiciones socioambientales son gravísimas, las  respuestas  usuales de  funcionarios  provinciales, como así mismo del Municipio de la Capital de San Luis, remiten a un asentamiento irregular “de toma ilegal de una propiedad del estado provincial, por tanto no hay soluciones  posibles, ni derechos para esos excluidos.

La situación actual de los  ciudadanos afectado , implica  ver a niños dormir en viviendas precarias entre 25 a 30 metros cuadrados , madres durmiendo con 4 niños en una misma cama, , con ausencia de hasta mesas para  comer, sin retretes, sin servicios de agua domiciliaria, con redes clandestinas que palian de algún modo la situación, las condiciones ambientales del lugar son pésimas, no se  cuenta, ni siquiera  con un árbol plantado en toda la zona, los animales del lugar están enfermos, los niños desnutridos, muchos de ellos han sido expulsado del sistema escolar “ por sucios”, para  no decir por pobres, Los Servicios de Salud no llegan al lugar.

 La pregunta ante la propagación de los asentamientos es como proceder cuando se trata de instalaciones sobre terrenos  provinciales municipales. Las soluciones pueden ser diversas: expulsar, reacomodar o intentar regularizar la situación actual.. Lo que no comprenden sus  funcionarios  es la situación hay  que asimilarlo como “un problema social”, más que como un problema de régimen de tierras. “No hacer nada  implica simbólicamente expulsar, excluir a la gente”, no es  una solución, pasar no responder las peticiones de los afectados, como si nada hubiese sucedido, y negar, invisibilizar  una situación  que es  visible para todos aquellos que se acercan al lugar: a nuestro criterio  la  primera solución es regularizar, lo que conlleva la ejecución de la mensura sobre el terreno ocupado.

Los asentamientos ilegales, más allá de ser la última alternativa para una familia expulsada del sistema productivo (el 60% viven de changas), también implican una condición de vida precaria y muchas veces atravesada en la discriminación que se  patentiza en los  mismo funcionarios  que no atienden sus demandas. Lo mismo nos pasa a las ONGs .Nuestra propuesta de Salud Ambiental, aun debe estar en algunos de su decisores.

Por tanto no podemos hablar de  de Derechos Humanos en San Luis, la pregunta  que me hago,  qué hay de humano en dejar que la gente viva hacinada, sin cloaca, sin acceso a ningún servicio? ¿Es suficiente el discurso que no podemos hacer nada porque es  una  toma ilegal?

En este contexto de pobreza  y de  crítica situación socio-económico, estimo que el Estado tiene la responsabilidad de diseñar e implementar políticas destinadas a las personas afectadas por esta situación, ya sea a través de la generación de empleo así como de medidas de asistencia, protección del medio ambiente y por sobre  todo  protección social, enmarcadas en políticas de largo plazo.

Le puedo asegurar Sr. Gobernador que en  la actualidad la cifra de personas afectada por problemas de vivienda y pobreza es más alta de lo que le informan sus funcionarios. Sin embargo no existen relevamientos actualizados que permitan determinar el alcance de este grupo y consecuentemente no hay políticas que incluyan a la totalidad de afectados. El motivo es simple, sus funcionarios, no hacen el trabajo territorial, ven la realidad en y desde una  oficina.

Como defensor de los derechos civiles, y de una larga militancia social en Argentina, deseo recordar que  la Constitución Argentina otorgo rango constitucional a los tratados de derechos humanos ratificados por el Estado Nacional. En efecto, el Art. 75 inc. 22 de la Constitución acuerda en forma genérica que: “los tratados tienen jerarquía superior a las leyes”. Entre estos instrumentos de derecho internacional se encuentran, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre los Derechos del Niño, entre otros. La jerarquía constitucional de los tratados de derechos humanos no está consignada solamente a servir de complemento a la parte ortodoxa de la Constitución sino que, ineludiblemente, involucra condicionar el ejercicio de todo el poder público, incluido el que ejerce el Poder Ejecutivo y Legislativo local,(provincial y municipal) al pleno respeto y garantía de estos instrumentos. Dada la jerarquía constitucional otorgada a los tratados de derechos humanos, su violación constituye la violación de la Constitución misma.

Se debe  comprender  que  la  vivienda es  un derecho, que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 11 primer párrafo expresa "Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel adecuado de vida para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia".

Que el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales estableció que "Sea cual fuere el tipo de tenencia, todas las personas deben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una protección legal contra el desahucio, el hostigamiento u otras amenazas. A su vez, observó que los Estados Partes "deben adoptar inmediatamente medidas destinadas a conferir seguridad legal de tenencia a las personas y los hogares que al presente carezcan de protección". (cfr. Comité DESC; Obser. Gral. Nº 4).

Que la obligatoriedad del cumplimiento de las recomendaciones de los órganos de aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos ha sido reconocida por nuestra Corte Suprema.

“El derecho a una vivienda integra la jurisprudencia internacional  de los llamados ‘derechos sociales’ que sólo pueden ser entendidos en una extensión orientada hacia la igualdad, lo que está muy lejos de simbolizar que los ‘derechos sociales’ sean promesas políticas  o programas, que no puedan ser exigidos al Estado por individuos o grupos, como es  el trabajo  que hacemos  las ONGs. Muy por el contrario, se trata de un mandato del poder constituyente al poder constituido para que haga y cumpla”

Que en la  provincia de San Luis se han implementado proyectos de viviendas a sectores especiales, productivos, de pueblos  originarios entre otros ,lo que no esta basado  en un principio de igualdad de las personas y la consecuente ilegitimidad de la discriminación,  es uno de los principios trascendentales del derecho internacional de los derechos humanos, e impide que se trate en forma distinta situaciones que son iguales( no acceso a la vivienda, por ser pobre), del mismo se requiere que el criterio de toda distinción debe ser razonable.

Que en tal desproporción se invertiría el “principio de prioridad” a los grupos sociales vulnerables, sin acceso a la salud, al trabajo, a la educación, con hijos en estado de  desnutrición  Que como consecuencia, es el Estado provincial, el que menoscaba el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de un derecho reconocido en la Constitución Nacional como es el acceso de una familia a una vivienda digna.

Que es evidente el  descuido o acción negligente de  sus funcionarios y del Municipio de la ciudad de San Luis, es censurable no sólo en sus aspectos humanitarios, técnicos, sino también en expresiones de buenas prácticas de las instituciones democráticas, en relación al cumplimiento de la normativa legal vigente y que refleja la evasión del rol que le cabe en la superación de las falencias comprobadas en nuestra visita al Asentamiento Eva Perón, de hecho a causa de esta investigación se ha remitido nuestro informe a todos  los  Organismos Nacionales de DD.HH., como del mismo modo a las organizaciones de  la sociedad civil que integramos a nivel latinoamericano

Por otra parte, teniendo en cuenta la gran cantidad de niños que se encuentra en esta situación de vulnerabilidad, en el Asentamiento Eva Perón, cabe  aplicar la Convención de los Derechos del Niño  y la Ley 26.0661 Así tenemos, que el Art. 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica- (Ley 23.054, art. 75 inc. 22° Constitución Nacional), dispone que “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”.

Según la Comisión Interamericana  es un deber  estatal, por tanto  ineludible en lo que atañe  a la gama deintereses, sociales, económicos, civiles y políticos, del niño”.  La preeminencia asignada a la efectividad de los derechos del niño, a su interés superior, y a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, (art. 27.1. de dicha Convención), se articula lógicamente con la promoción de medidas de acción positiva que garanticen el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos (conf. art. 75 inc. 23° Constitución Nacional), en especial aquellas que recaen en cabeza del Estado, proporcionando a los padres asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda (art. 27.3. in fine, Convención sobre los Derechos del Niño).

No es posible Señor Gobernador ver niños sufriendo, desamparados, en hacinamiento,  mal alimentados, fuera del circuito escolar y que constituyan una molestia para funcionarios.

Señor Gobernador, huelga decir, que siendo usted un Ciudadano formado en  el Derecho, ni siquiera seria necesario escribir sobre el tema de  los DD.HH, no obstante mi solicitud apela a  la razonabilidad y a un aspecto humanitario que no se  puede seguir prolongando en el tiempo, se hace necesario regularizar los lotes del asentamiento para lograr cualquier proyecto  posible, ya sea provincial, nacional o de  cooperación internacional de construcción de  vivienda.

Del mismo modo solicito a usted instruya al Ministerio de Medio Ambiente, organismo de aplicación provincial a intimar a la Municipalidad de la capital de San Luis , para que ésta mejore las condiciones del lugar, que los  funcionarios del Ministerio del Progreso, Salud, Educación efectúen un recorrido por el lugar  para cerciorarse de lo aquí manifestado y actúen en consecuencia.

Demás  esta decirle Sr. Gobernador  que de los  niños  que le escribo no saben de baños, de refrigeradores; televisores a color y nunca festejaron su cumpleaños con una torta bañada en crema en una  mesa  con sillas. Es más, su triste  realidad está alejada de cualquier explicación sobre  las  injusticias sociales, quizá ni siquiera saben el porque viven como viven, lo que si saben es no tener un vaso de yogur  o tolerar el hambre cuando el estómago les avisa; sienten frío cuando deben bañarse al aire libre, calor cuando no tienen un solo árbol donde protegerse, pero no se quejan. Sufren silenciosamente y muchos, al igual que sus familias.

 Una Madre me  dijo “mi único sueño es tener una casa para poder  tener a  mis 6 hijos que debo repartir cada noche para que duerman, quisiera no tener  que bañarlos con agua fría en invierno, quisiera no sentirme tan sola”.


Le saluda atte.

                                                                         Prof.  Luis  Vega Vergara.
                                                                         Presidente Ecocultura.
                                                                        





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