Villa Mercedes, 21 de octubre de 2009.
Proyecto de Resolución
Bloque Unión Cívica Radical.
Visto:
El tratamiento del Presupuesto General de Calculo de Gastos y Recursos del Municipio de Villa Mercedes y de la Empresa Municipal de Obras Sanitarias, para el ejercicio 2010, que se desarrolla en el ámbito de este concejo Deliberante; y
Considerando:
Que la Carta Orgánica Municipal en su art. Nº 8 inc. a) promueve la participación de los habitantes en la consideración de los asuntos públicos y en su inc. j) el desarrollo económico bajo los principios de igualdad, proporcionalidad y progresividad en la fijación y administración de los recursos económicos y financieros del Municipio.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha presentado el proyecto de Presupuesto General de Gastos y Recursos y la Ordenanza Impositiva anual para el ejercicio 2010.
Que igual instrumento fue presentado por la Empresa Obras Sanitarias Mercedes.
Que durante el tratamiento de la cuenta de inversión del año 2008 en este concejo deliberante se detectaron desvíos de los gastos originariamente autorizados en el presupuesto de dicho ejercicio, que además generaron un estrépito público que genera dudas sobre el real estado: Financiero, Económico y Patrimonial de la Hacienda Municipal.
Que el proyecto de Presupuesto para el año 2010 preve un aumento de los gastos y de los ingresos por vía de aumentar las tasas municipales.
Que esta particular situación de preocupación social hace necesario aumentar la participación de la ciudadanía de Villa Mercedes en la Publicación de los actos de este concejo deliberante y de la situación de la Hacienda Publica Municipal, por parte de nuestros mandantes o sea el Pueblo de la Ciudad de Villa Mercedes.
Que se hace necesario facilitar los mecanismos de Participación Ciudadana en el tratamiento de dichas ordenanzas fundamentales para la vida institucional y social de este Municipio.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA MERCEDES EN QUORUM LEGAL Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN Nº
Art.1º) Convocase a Audiencias Publicas para el tratamiento de los Presupuestos General de Gastos y Recursos del DEM y OSM y la Ordenanza Impositiva Anual del ejercicio del año 2010, las que se desarrollaran de acuerdo al siguiente cronograma, en cada caso se trataran los Programas y subprogramas que tiene a su cargo la ejecución de la secretaria correspondiente :
a) Audiencia Nº 1: Departamento Ejecutivo Municipal en Pleno: Situación Patrimonial, Financiera y Económica de la Hacienda Municipal.
b) Audiencia Nº 2: Secretaria de Gobierno.
c) Audiencia Nº 3 : Secretaria de Acción Social
d) Audiencia Nº 4 : Secretaria de Servicios Públicos
e) Audiencia Nº 5 : Secretaria de Obras Publicas
f) Audiencia Nº 6 : Secretaria de Hacienda
g) Audiencia Nº 7: Obras Sanitarias Mercedes
Art.2º) Podrán participar como expositores:
a) Las personas físicas que cumplan con su condición de ser Ciudadano de la Ciudad de Villa Mercedes y se encuentre empadronados en el Padrón Electoral de la Ultima elección General realizad el 28 de Junio próximo pasado.
b) Las personas jurídicas con reconocimiento legal correspondiente y domicilio en esta Ciudad.
c) Las Instituciones Universitarias de Formación Académica –Profesional con sede en esta Ciudad.
Art.3º) Se autoriza a la Presidencia del Concejo Deliberante, con acuerdo de los presidente de Bloque a gestionar el lugar, todos los elementos técnicos necesarios para llevar a cabo las audiencias up-supra definidas. Especialmente deberá facilitarse el trabajo de los medio de prensa que deseen transmitir o difundir las conclusiones de dichas audiencias públicas.
Art.4º) Los participantes expositores deberán inscribirse en este Concejo Deliberante, el plazo para la inscripción se abrirá a las 48 hs. de aprobada la presente resolución y serrara el día jueves 05 de noviembre a las 20 hs, el horario y días para dicha inscripción serán de lunes a viernes de 8 a 13 y de 16 a 20 hs., para los inscriptos que quieran hacer uso de la palabra durante la audiencia, el tiempo en el uso no podrá exceder los 10 minutos.
Art. 5º) Los expositores deberán presentar en formato digital y papel la ponencia a realizar, la cual deberá ser entregada a las autoridades de este cuerpo al momento de iniciar su exposición.
Art.6º) Las audiencias públicas serán presididas por el Presidente del Concejo Deliberante que será asistido por los secretarios del cuerpo y los presidentes de los bloques parlamentarios. Siendo el presidente quien dirija el debate en las mismas.
Art. 7º) Cada audiencia pública será abierta mediante la exposición del responsable institucional del Departamento Ejecutivo Municipal que corresponda con la temática a tratarse en cada una de ellas.
Art.8º) La realización de las audiencias públicas se llevaran a cabo los días lunes, miércoles y viernes de la segunda y tercer semana del mes de noviembre y lunes de la cuarta semana del mismo mes del presente año, debiendo dar comienzo las misma a las 20 hs.
Art.9º) El Departamento Ejecutivo Municipal y Obras Sanitarias Mercedes deberán elaborar y publicar en formato digital, antes del 1º de noviembre del presente año, el Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Recursos del año 2010 y el informe de la situación Económica, Financiera y Patrimonial de la Hacienda Municipal.
Art. 10º) De forma.
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