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14.5.08

ANTES QUE SEA DEMASIADO TARDE

El gobierno y el campo deberían replantear el gran mordisco de los exportadores, a la manzana de la discordia de las retenciones
Me animo a escribir estas líneas en base a las investigaciones y denuncias judiciales que en torno la comercialización de los granos, hemos efectuado junto con Javier Llorens y Ricardo Monner Sans. Y también por la profunda preocupación que - como muchísimos argentinos- siento cuando se agudizan los conflictos entre connacionales. El conflicto actual es un claro ejemplo de nuestra profunda involución institucional como Estado Republicano y Federal.

Parece que no aprendimos nada de nuestra historia, y que no recordáramos que las provincias -para zanjar definitivamente las guerras civiles- delegaron la atribución de fijar las retenciones (Derechos de exportación e importación, o sea las rentas del puerto) en el Congreso Nacional. El Congreso Nacional con su doble representación, del pueblo en la cámara baja y de las provincias en la cámara alta, quedó así como garante que esa atribución nunca podría ser utilizada en desmedro de los genuinos intereses del Interior frente al Puerto.

Sin embargo posteriormente, con la intervención de las últimas dictaduras militares, que su primera acción fue cerrar el Congreso, esta atribución fue delegada en el Poder Ejecutivo Nacional a través del Código Aduanero. Este a su vez en 1991 la delegó en un ministro de segundo orden, en el marco de un proceso de asunción de cada vez mayores superpoderes por parte del Poder Ejecutivo, y especialmente el Ministerio de Economía, que llevó finalmente al país a la catástrofe del año 2001.

Pero a partir de la Resolución 125 del ex ministro Lousteau, se ha perpetrado una nueva e inaudita delegación. Ahora esa estratégica atribución se ha confiado a los resultados de una fórmula o algoritmo matemático. Y para colmo del absurdo, este algoritmo matemático esta basado exclusivamente en el precio internacional de los granos, sin tener en absoluto en cuenta los costos del productor, y menos aun las distintas categorías de estos.

Así una delicada atribución política de las provincias, que estas confiaron políticamente al Congreso, finalmente a quedado apoliticamente a cargo de un ordenador electrónico, que diariamente consulta a través de la web el precio internacional de los granos, y emite su oráculo respecto el nivel de las retenciones.

Esta decadencia institucional y política que desde hace décadas parece no tener fin, explica porque reapareció hoy el antiguo conflicto entre federales y unitarios, entre el interior y el puerto, que creíamos que era parte de nuestro pasado. En el fondo esta es la esencia del problema que hoy sacude al país.

Con los actuales niveles de retenciones del orden del 40 %, con una cosecha de soja de 50 millones de toneladas, valorizada en el exterior en 25.000 millones de dólares, los productores agrícolas recibirían en su conjunto 15.000 millones de dólares. Los restantes 10.000 millones de dólares corresponden a la manzana de la discordia de las retenciones.

Pero estos 10.000 millones de dólares, que equivalen a mas del 15 % del presupuesto nacional, nadie en realidad sabe bien adonde van, porque buena parte de esas retenciones han sido 'privatizadas' a favor de los sectores de la comercialización, y principalmente la exportación de los granos, en manos de las multinacionales.

Estos sectores son los que darán el gran mordisco a la manzana de la discordia de las retenciones, a través del juego de las liquidaciones dúplices ante la Aduana, confundiendo el precio FAS con el precio FOB; y las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior, realizadas incluso antes de la siembra de los granos.


Este mordisco por parte del sector de la comercialización y la exportación, puede llegar a ser de una cuantía tal, que posiblemente el gobierno no logre recaudar este año ni un peso mas, pese a los sustanciales aumentos que dispuso en las retenciones, con los que desató el conflicto actual. Dicho sector será en definitiva el que se quedará con el sustancial incremento registrado en el precio internacional de los granos, que el gobierno dice querer redistribuir.

Sin embargo las dirigencias de ambas fuerzas enfrentadas (gobierno y campo) obran como si ese enorme mordisco no existiera, como si ambas fueran silentes cómplices del referido sector de la comercialización y exportación de los granos en manos de las multinacionales, que darán el gran tarascón.

No obstante, el impedir ese gran mordisco por parte de las multinacionales, puede ser la prenda de paz que selle el entendimiento entre el gobierno y el campo, entre el Interior y el Puerto, y restablezca la armonía en la República y los procederes de esta.

Por esta razón me animo a hacer un llamamiento a la cordura, antes que se demasiado tarde, para que de una vez por todas se enfoque la cuestión integralmente y honestamente, en aras de los genuinos intereses del país, mas allá del poderoso y silencioso lobby que ejercen los traficantes de granos en nuestro país y en el mundo. En especial quiero llamar a la cordura al gobierno, que parece estar comportándose como Sansón en el templo filisteo, a riesgo de obtener su destrucción política y el deterioro profundo del edificio económico, en su obcecado afán de derrotar al adversario.

Mario Cafiero
Ex Diputado Nacional

PD: Transcribo seguidamente la presentación efectuada ante el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas, Dr. Garrido, donde se da resumida cuenta de las presentaciones efectuadas ante la Justicia Federal.-


Sr. FISCAL NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS,
Dr. MANUEL GARRIDO

Buenos Aires, 30 de abril del 2008

MARIO CAFIERO –ciudadano argentino, ingeniero, Diputado Nacional (M.C.)- y RICARDO MONNER SANS –ciudadano argentino, abogado, Presidente Honorario de la Asociación Civil Anticorrupción de la Prov. de Santa Fe- constituyendo domicilio en Cerrito 782, 4º piso, Ciudad de Buenos Aires, al Sr. Fiscal nos presentamos y decimos:

En razón de lo establecido en el art. 45 de la Ley 24.946 –Ley Orgánica del Ministerio Público- y para el supuesto de que el Juzgado actuante y la Fiscalía interviniente no hubieren anoticiado a V.S. de la tarea que nos hemos impuesto, informamos al Sr. Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas que:

a) Ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nº 8 a cargo del Dr. Marcelo Martínez De Giorgi (Secretaría Nº 15) tramita una causa por nosotros iniciada, la que se individualiza bajo el Nº 4713/2008.
b) La Fiscalía interviniente es la Nº 1 a cargo del Dr. Jorge Di Lello

Corresponde hacer saber que dicho proceso fue puesto en marcha con fecha 3 de abril de 2008 y que hasta aquí se han efectuado cinco presentaciones. Se adjunta copias de todas ellas.

Las aludidas presentaciones quedaron radicadas en las siguientes fechas:
1. 3 de abril de 2008
2. 10 de abril de 2008
3. 15 de abril de 2008
4. 24 de abril de 2008
5. 29 de abril de 2008

La sustancia de esas presentaciones están referidas a la álgida cuestión de las retenciones agrícolas, por las que recientemente se ha visto enormemente convulsionado nuestro país. El núcleo de esas presentaciones consiste en que, de cierta manera, las exportadoras de granos se han constituido -redundantemente- como agentes de retención de esas retenciones, puesto que son ellas las que deben oblar al fisco el importe de los Derechos de Exportación con los que se deprime el precio interno de los granos que se le paga al productor, en relación a los vigentes en el mercado internacional.

En tal sentido hemos encontrado, conforme se precisa en esas presentaciones, que mediante una colusión entre funcionarios públicos y exportadores de granos, se ha posibilitado que estos últimos puedan eludir, evadir o escamotear una fracción sustancial de esos impuestos, habiéndose así 'privatizado' delictualmente buena parte de ese tributo correspondiente a ingresos que pertenecen genuinamente al Estado y/o a los productores de granos, y no a los traficantes de estos.

En esta informal y subrepticia 'privatización de las retenciones', el Estado parece haberse contentado en definitiva, con obtener una reducción de los precios en el mercado interno, solo con objetivos antiinflacionarios; despreocupándose enteramente en cuanto a la percepción efectiva de esos tributos, 'negocio recaudatorio' que parece haber sido transferido o delegado clandestinamente a los exportadores de granos.

Lógicamente, cuando mas aumentan las retenciones -como ha ocurrido recientemente- mas 'márgenes' brinda ese negocio a los exportadores de granos, que tienen dos instrumentos fundamentales para poder perpetrar la elusión, elisión, evasión o escamoteo al que nos referimos.

Una de los instrumentos son las Declaraciones Juradas de Venta el Exterior (DJVE) que tienen efectos económicos diferidos en el tiempo, mientras que los cambios que se disponen en las alícuotas de las retenciones, tienen efectos inmediatos en el mercado interno. Esta intertemporalidad le permite a los exportadores de granos, comprar hoy el grano a precios deprimidos en el mercado, por la aplicación de mayores retenciones, y venderlo en el exterior con una extraordinaria ganancia, ya que al momento de liquidar las retenciones en la Aduana lo hacen con la alícuota y el precio vigente un año atrás, o mas.

Esto resulta posible por una normativa referida a las DJVE (Decreto 1177/92 y normas subsiguientes) que parece haber sido deliberadamente caotizada por parte de la autoridad pública, a los efectos de permitir las vastas maniobras de elusión, elisión, evasión o escamoteo por parte de las exportadoras, en engaño y perjuicio tanto del fisco como de los productores de granos.

No existe un texto ordenado o compilado de esas normas, sucesivamente modificadas, remodificadas y vueltas a modificar. Por contrario recientemente en forma escandalosa, con la intervención personal del exportador, industrial aceitero y senador Roberto D. Urquía, se modificó un proyecto de ley con el que se intentó sin éxito poner algún coto a esas maniobras. Esto hecho en particular se encuentra pormenorizado en la 3ra presentación referida ut supra. Por ello entendemos que resulta indispensable impulsar la nulidad de esta modificación que introdujo ilegalmente en el Senado el senador Urquía.

La otra herramienta fundamental para perpetrar la elusión, elisión, evasión o escamoteo aludido, es la diferencia en el cálculo de las retenciones que efectúa la secretaria de Agricultura Ganaderías Pesca y Asuntos Agrarios (SAGPyA), con respecto a los de la Dirección General de Aduanas (DGA). Mientras la primera -a contrapelo del art 737 del Código Aduanero- efectúa el cálculo aplicando la alícuota de la retención sobre el precio FOB, deprimiendo así el precio interno de los granos aún más del correspondiente; la segunda -DGA- aplica la misma alícuota sobre el precio FAS (FOB menos retenciones) haciéndose así el exportador de una importante diferencia, que en realidad corresponde tanto al fisco como a los productores de granos. Esta diferencia se hizo cada vez mas sustanciosa, a medida que fue aumentando el nivel de las retenciones. Esto se encuentra pormenorizado en la 1ra y 3ra de las presentaciones referidas ut-supra.

Conforme exponemos en la 4ta y última presentación, este deliberadamente 'defectuoso' cuadro normativo, aunado al sustancial aumento en los precios internacionales y al nivel de las retenciones impuestas, ha hecho que actualmente existan márgenes brutos para ingresos indebidos en base a las retenciones por parte de los exportadores de granos -declarados o no- del orden de los 8.500 millones de dólares, solo para el caso de la soja y sus derivados.

La enormidad de este monto en juego, proveniente de la actual cosecha de soja que se esta por comercializar, es la que nos lleva a pedir la urgente intervención del Sr. Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas en las referidas presentaciones judiciales, a los efectos de impulsar una veloz investigación y esclarecimiento de estas ingentes maniobras, que solo pueden ser perpetradas en base a la colusión entre funcionarios públicos y empresarios privados.

Una primera prueba esencial de los hechos referidos, se encuentra en el 'Sistema Maria' de la Dirección Nacional de Aduanas, donde deben constar en soporte digitalizado las exportaciones de granos realizadas desde el 2002 en adelante, cuando se restablecieron las retenciones, con sus detalles de embarque y retenciones pagadas, por empresa. En el mismo sistema también deben obrar, conforme las disposiciones de ese organismo, las DJVE tanto cumplidas e incumplidas, como por cumplir y en cumplimiento, con sus detalles específicos en cuanto a cantidades, precios FOB de venta, precios FOB oficiales, y alícuotas aplicables.

La obtención en soporte digital de estos datos permitirá una rápida evaluación del alcance de las maniobras de elusión, elisión, evasión o escamoteo de las retenciones registradas hasta la fecha por parte de los exportadores; como las que podrían perpetrarse de aquí en adelante, en base al deliberadamente laxo marco normativo oficial referido a estos gigantescos negocios de tráfico de granos, el que parece ser atendido con elementales procedimientos de almacenero, pese a tratarse de una parte sustancial del producto de la labor de millones de argentinos.

Para el eventual supuesto de que el Sr. Fiscal lo creyere necesario, nos ponemos a disposición, pudiéndosenos notificar en el domicilio que hemos constituido: Cerrito 782, 4º piso, Ciudad de Buenos Aires.

Saludamos al Sr. Fiscal muy atentamente
Ricardo Monner Sans – Mario A. H. Cafiero

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