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25.11.09

Senador Nacional Ing. Daniel Raúl Pérsico

COMUNICADO DE PRENSA

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2009.

En la sesión de hoy el Honorable Senado de la Nación aprobó los siguientes proyectos de ley:
- Se introducen reformas el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que dispone una nueva tabla de categorías, con el objeto de adecuar los parámetros de ingresos brutos para determinar las categorías y los importes a ingresar por los contribuyentes. El objetivo de la norma es promover el empleo registrado, simplificar los procedimientos y lograr una mayor equidad en el sistema fiscal, y reincorporar al sistema a aquellos contribuyentes que por falta de actualización de los parámetros de ingresos fueron excluidos por haber superado topes establecidos. La norma faculta a la AFIP para actualizar el límite de facturación y los importes del impuesto integrado que no podrá superar el índice de movilidad de las prestaciones previsionales.
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-Se prorroga la vigencia de la ley de Emergencia Económica hasta el 31 de diciembre de 2011. Si bien el proceso de recuperación económica y social del país ha sido exitoso hasta el presente, la prórroga se fundamenta en la crisis financiera internacional, lo cual amerita dotar al Poder Ejecutivo de un instrumento que le permita adoptar acciones preventivas a fin de minimizar efectos negativos que puedan afectar al país.

- Se declaró de interés nacional las actividades de diseño, construcción, licenciamiento, adquisición de bienes y servicios, montaje, puesta en marcha, marcha de prueba, recepción y puesta en servicio comercial de una cuarta central de energía de fuente nuclear de uno o dos módulos, por construirse en nuestro país, como también llevar a cabo todos los actos necesarios para extender la vida útil de la Central Nuclear Embalse.

- Se aprobó en particular el nuevo régimen legal aplicable a las personas menores de 18 años en conflicto con la ley penal. El proyecto tiene por objeto resolver el problema de las personas menores de edad infractoras de la ley penal, estableciendo un régimen aplicable a todo adolescente que sea mayor de 14 y menor de 18 años al momento de la comisión del delito que se le atribuye.

- Los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio, y solo podrán ser comercializados en farmacias habilitadas.



Prensa
Senador Pérsico

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