
EL SENADOR NACIONAL ING. DANIEL R. PÉRSICO SOLICITA AL HONORABLE SENADO QUE INVESTIGUE LA PROHIBICION DE LA ASUNCION DE LOS LEGISLADORES PROVINCIALES ELECTOS
El senador nacional por la provincia de San Luis, Ing. Daniel R. Pérsico, presentó ante el Honorable Senado de la Nación un proyecto de resolución para ordenar la intervención de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado para que investigue las posibles irregularidades que se han suscitado en la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis con relación a la prohibición de asunción de los legisladores electos para el periodo dic/2009 – dic/2013, por los Departamentos General Belgrano y Gobernador Vicente Dupuy de la provincia de San Luis, en las elecciones realizadas el 28 de junio de 2009.
La Comisión de Asuntos Constitucionales conocerá, investigará y esclarecerá las cuestiones suscitadas con relación a las dificultades para la asunción de los legisladores provinciales; en particular, la constitucionalidad de la reforma de los artículos 3 y 4 del Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, como así también si el contenido de las resoluciones N° 63 -C.D-09 Y 67-C.D-09 de la Sesión Preparatoria de dicho Cuerpo Legislativo Provincial resultan compatibles con la forma republicana de gobierno y la garantía federal prevista en los artículos 1, 5, 6, 37, 38 y 75 inciso 31 de la Constitución Nacional.
Las impugnaciones realizadas a los legisladores electos ante la H. Cámara de Diputados de la Provincia , desconocen lo establecido en los nuevos artículos 37 y 38 de la Constitución Nacional , reformada en 1994, donde se ha previsto que se garantice el pleno ejercicio de los derechos políticos con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en su consecuencia; así como que los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.
Como ninguna de las impugnaciones efectuadas contra estos candidatos ataca ni pone en duda que los diplomas hayan sido regularmente emitidos por la Justicia Electoral , por aplicación de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación , estas impugnaciones deberían haber sido ser rechazadas in limine por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis.
“Resulta necesaria la intervención de la Comisión de Asuntos Constitucionales para que proceda a investigar los hechos denunciados, con el fin de evitar el control absoluto del ingreso de nuevos legisladores que pertenecen a minorías políticas, por parte del partido mayoritario en la H. Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis. Estos pretenden que todas las cuestiones referidas a la validez de la elección, derechos y títulos de sus miembros sea facultad de dicha Cámara de Diputados. Nuestro Derecho Constitucional, la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación , y la totalidad de los organismos legislativos de la República Argentina -salvo su facultad de controlar la legalidad formal de los diplomas- no tienen competencia para impedir la asunción de candidatos electos. En tal caso, corresponde a la Justicia Electoral expedirse por la validez de los candidatos que han sido electos”, señaló el senador Pérsico en sus fundamentos.
“La situación irregular que afecta a los diputados electos es una clara violación de la forma representativa y republicana de gobierno, al respeto de la soberanía popular y del régimen de partidos políticos, que se ven afectados al privar la participación de las minorías válidamente elegidas”, concluyó el senador puntano.
PrensaSenador Pérsico
El senador nacional por la provincia de San Luis, Ing. Daniel R. Pérsico, presentó ante el Honorable Senado de la Nación un proyecto de resolución para ordenar la intervención de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado para que investigue las posibles irregularidades que se han suscitado en la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis con relación a la prohibición de asunción de los legisladores electos para el periodo dic/2009 – dic/2013, por los Departamentos General Belgrano y Gobernador Vicente Dupuy de la provincia de San Luis, en las elecciones realizadas el 28 de junio de 2009.
La Comisión de Asuntos Constitucionales conocerá, investigará y esclarecerá las cuestiones suscitadas con relación a las dificultades para la asunción de los legisladores provinciales; en particular, la constitucionalidad de la reforma de los artículos 3 y 4 del Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, como así también si el contenido de las resoluciones N° 63 -C.D-09 Y 67-C.D-09 de la Sesión Preparatoria de dicho Cuerpo Legislativo Provincial resultan compatibles con la forma republicana de gobierno y la garantía federal prevista en los artículos 1, 5, 6, 37, 38 y 75 inciso 31 de la Constitución Nacional.
Las impugnaciones realizadas a los legisladores electos ante la H. Cámara de Diputados de la Provincia , desconocen lo establecido en los nuevos artículos 37 y 38 de la Constitución Nacional , reformada en 1994, donde se ha previsto que se garantice el pleno ejercicio de los derechos políticos con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en su consecuencia; así como que los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.
Como ninguna de las impugnaciones efectuadas contra estos candidatos ataca ni pone en duda que los diplomas hayan sido regularmente emitidos por la Justicia Electoral , por aplicación de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación , estas impugnaciones deberían haber sido ser rechazadas in limine por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis.
“Resulta necesaria la intervención de la Comisión de Asuntos Constitucionales para que proceda a investigar los hechos denunciados, con el fin de evitar el control absoluto del ingreso de nuevos legisladores que pertenecen a minorías políticas, por parte del partido mayoritario en la H. Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis. Estos pretenden que todas las cuestiones referidas a la validez de la elección, derechos y títulos de sus miembros sea facultad de dicha Cámara de Diputados. Nuestro Derecho Constitucional, la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación , y la totalidad de los organismos legislativos de la República Argentina -salvo su facultad de controlar la legalidad formal de los diplomas- no tienen competencia para impedir la asunción de candidatos electos. En tal caso, corresponde a la Justicia Electoral expedirse por la validez de los candidatos que han sido electos”, señaló el senador Pérsico en sus fundamentos.
“La situación irregular que afecta a los diputados electos es una clara violación de la forma representativa y republicana de gobierno, al respeto de la soberanía popular y del régimen de partidos políticos, que se ven afectados al privar la participación de las minorías válidamente elegidas”, concluyó el senador puntano.
PrensaSenador Pérsico
No hay comentarios:
Publicar un comentario