Y las consecuencias las paga el usuario.
Una vez
más los villamercedinos asistimos a un conflicto laboral entre la empresa
prestataria del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, Travelsur, y sus
empleados. Conflicto laboral que podría llevarnos a un nuevo paro, con las
consecuencias que ello genera.
Frente a
esta posibilidad y teniendo en cuenta el comunicado difundido por la Secretaria
de Transporte de la Municipalidad, María Eugenia Etcheúm, señalando que el
municipio “frente al riesgo de paro sin solución,
pretende que las partes arriben a un acuerdo, en que todas las partes
interesadas, empresas, trabajadores y Municipalidad hagan un esfuerzo” y a párrafo siguiente afirma “En tal sentido, la Subsecretaria de
Educación y Seguridad Vial, ante la posibilidad de quedarnos sin la prestación
del servicio de transporte urbano de pasajeros, propone una adecuación de las
tarifas, a fin de garantizar la continuidad del servicio” , es que desde la
Cantera Popular Villa Mercedes expresamos:
1. Según
establece la Carta Orgánica Municipal en su art. 8: “El Municipio
velará por el cumplimiento de esta Carta Orgánica y atenderá y promoverá
especialmente: a) La participación de los
habitantes en los asuntos públicos como idea central del régimen democrático,
el libre acceso a las fuentes de información y la publicidad de los actos de
Gobierno. c)
El acceso a la enseñanza y la cultura, el deporte y la recreación a los que
todos tienen derecho. i) El
adecuado abastecimiento de la población en todas sus necesidades y servicios
básicos, la formación y educación de consumidores y usuarios, fomentando sus
organizaciones y promoviendo la participación de los mismos en todas las
cuestiones que pudieran afectarlos.”
2.
El Municipio debe afrontar los gastos a fin
de que éstos no se trasladen al usuario. Teniendo en cuenta lo establecido en
el punto 1 es que instamos al Gobierno Municipal a que sea el Estado quien
asuma los costos y las responsabilidad de mantener el servicio, debido al
carácter de transporte público del
mismo, evitando de esta manera un nuevo
aumento del transporte que afectaría al usuario y atentaría contra el principio
de Justicia Social.
3.
Asimismo resulta significativo el aporte
que ha recibido la empresa en concepto de subsidios por parte del Ministerio
del Interior (http://www.mininterior.gov.ar/web_transporte/colectivos.php?idMuni=VILLA%20MERCEDES ).
Recepcionando en mayo del 2012 $ 795.139,18, en junio $ 804.972,46, en julio $
829.985,32, en agosto $ 788.190,36, montos que al sumarse a los meses
anteriores del mismo año hacen un total acumulado de $ 6.667.088,59. Esta suma
debiera distribuirse de la siguiente manera: combustible 31,12% y personal
68,88 %.
4. La
atribución de fijar el precio del boleto debe volver al Honorable Concejo
Deliberante, atribución que fuera cedida al Departamento Ejecutivo Municipal.
Estamos persuadidos que jamás debiera haber realizado esta cesión ya que la
Carta Orgánica Municipal en su art. 46 inc. 17 Apartados B y D establece: “Art. 46.-
Son atribuciones y deberes del Honorable Concejo Deliberante:
17) Sancionar normas sobre: b) Servicios públicos, pudiendo disponer su
concesión a empresas estatales o particulares con límite de tiempo. Tratándose
de concesiones a empresas privadas, éstas se otorgan mediante el voto de los
dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros del Honorable Concejo
Deliberante con previa Licitación Pública si ésta correspondiera. d) Obras públicas, transporte
y comunicaciones urbanas.”
5.
La empresa prestataria no cumple con lo
establecido en el pliego licitatorio en lo referido a la frecuencia mínima.
6.
El Departamento Ejecutivo Municipal tiene la potestad de rescindir la licitación
en caso de incumplimiento por parte del prestatario.
7.
La ciudad de Villa Mercedes tiene uno de
los pasajes más altos del país.
8.
Entendemos y apoyamos el reclamo de los
trabajadores del transporte, sin embargo los instamos a solidarizarse con los
usuarios quienes también son trabajadores y estudiantes.
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