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27.11.12

SOLICITUD DE INFORMES




FUNDAMENTOS:
Con fecha 24/11/12 el Ministerio de Turismo y las Culturas, a través del Programa Turismo, distribuyó notas con el membrete del Ministerio y firmadas por la Jefa de dicho Programa, María de los Ángeles Federicci, a diversos proveedores del Estado, con el siguiente texto:
San Luis, 20 de Noviembre de 2012.-

A la Empresa:

(en este lugar figura en negritas el nombre de la razón social a la que se dirige)

Por medio de la presente, me dirijo a Ud. con el propósito de comunicarle, que desde el Programa Turismo dependiente del Ministerio de Turismo y las Culturas del Gobierno de la Provincia de San Luis, estamos organizando para el día 3 de Diciembre del corriente año la “CENA DEL EMPLEADO PUBLICO”, por lo cual convocamos a Usted como proveedor del Estado para que colabore con IMPORTANTES PREMIOS para ser entregados en la cena.
Le solicitamos a vuestra empresa provea de los siguientes artículos:
(en este lugar, y al menos en dos renglones figuran en negritas los artículos solicitados)
Personal acreditado del Ministerio de Turismo y las Culturas, pasará a retirar los elementos solicitados entre los días 29 y 30 del corriente mes.
Contando desde ya con su colaboración de siempre, lo saludo a Usted muy Atentamente.
(firma en original)
María de los Ángeles Federicci
Jefa del Programa Turismo
Ministerio de Turismo y las Culturas

Si bien resulta loable que desde el Poder Ejecutivo se organice la Cena del Empleado Público y que en la misma se entreguen presentes a los agentes del Estado, como un justo reconocimiento a quienes a través de su diario trabajo posibilitan el funcionamiento del Estado, la totalidad de los gastos debe afrontarlos el Poder Ejecutivo, por lo que la actitud asumida por el Ministerio de Turismo a través de las notas como la transcripta, no solo resulta improcedente, sino que además conlleva una extorsión a quienes son proveedores del estado, ya que el tenor de la nota termina siendo una exigencia a la que dichos proveedores no pueden negarse, ya que es fácil entender que quién se niegue puede sufrir represalias y perder oportunidades de venderle sus productos, obras o servicios al Estado.
Además debe mencionarse que este tipo de hechos pueden ser considerados como “incumplimientos de los deberes de funcionario público”, tanto por parte de quién lo lleve adelante, como de quién lo autorice o de quién estando en conocimiento del mismo no lo denuncie.

Por todo lo expuesto:

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SANCIONA CON FUERZA DE

SOLICITUD DE INFORMES
Art. 1º.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá informar a la Cámara de Diputados por el área que corresponda, el listado completo de los proveedores del estado a los que se les entregó la nota transcripta en los fundamentos de esta Solicitud de Informes, y cuya copia se adjunta y forma parte de la misma.

Art. 2°.- El Poder Ejecutivo remitirá copia de la totalidad de las notas entregadas junto al listado requerido en el artículo precedente.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá informar a este Cuerpo si considera que el tenor de la nota mencionada en el Artículo 1°.- constituye “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, y en caso de considerarlo así, las acciones que se han adoptado al respecto.

Art. 4°.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá cumplimentar con lo requerido en el artículo anterior en un plazo de siete (7) días.

Art. 5º.- De forma.

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