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3.8.18

Adopción del niño por nacer

El Senador Nacional por San Luis, Claudio Poggi, presentó en la Cámara Alta nacional, un proyecto de ley que propone la adopción de los niños por nacer
Desde el mismo momento en que se comenzó a debatir el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el legislador por Avanzar San Luis, adelantó que votará en contra de la normativa que establece la legalización del aborto en la República Argentina y de ese modo, votará en la próxima sesión del 8 de agosto, cuando se trate en el recinto, el proyecto que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.
El proyecto presentado propone incorporar, mediante la modificación de artículos del Código Civil de la Nación, la figura de la adopción de personas por nacer.
Debemos trabajar todos juntos para encontrar soluciones a esta problemática compleja. Cuidando las dos vidas” destacó el senador puntano en su red social de Facebook en relación al proyecto presentado que busca acelerar los tiempos en los procesos de adopción, con plazos  más acotados para el caso del niño por nacer.
La propuesta legislativa, establece la incorporación de modificaciones a los artículos 597, 607, 614 Bis, 619 Bis, 700 del Código Civil y la modificación dek articulo 38 de la Ley N° 26.413. Todos los mencionados, se encuentran relacionados con la problemática de la adopción.
Dentro de las innovaciones que propone la normativa, se considera tanto el deseo de la madre embarazada, como del padre biológico del niño por nacer, para que el  mismo pueda ser dado en adopción.  
“En el caso de que los padres estén casados, el consentimiento debe ser mutuo. Si el padre biológico de la persona por nacer manifiesta en sede administrativa o judicial, hasta el momento de producirse el nacimiento, su expresa voluntad de reconocerla, la misma dejará sin efecto la voluntad de la madre de que tal persona por nacer sea entregada en adopción al producirse su nacimiento. En tal caso, determinada fehacientemente por trámite judicial sumarísimo la paternidad -si la misma hubiera sido impugnada o cuestionada- el niño o niña se inscribirá como hijo del padre” establece la normativa propuesta
También prevé acortar los plazos judiciales para la resolución de adoptabilidad de 90 a 45 días en el caso de los niños por nacer, como así también, el Juez podrá establecer que el niño desde el momento mismo del nacimiento, bajo la guarda de las personas que, de producirse la referida confirmación, serán quienes tengan la guarda definitiva de adopción.
“Con la mirada puesta en el cuidado de las dos vidas, presenté un proyecto de Ley de Adopción de Personas Por Nacer; que va en línea con proteger la vida del niño que se encuentra en la panza de su mama, cuidar a su madre y preservar a la familia. A esto, se le debe sumar educación para prevenir y acompañamiento durante el embarazo” expresó Claudio Poggi en relación al proyecto presentado


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